PERÚ (Abril 06 de 2021). Como consecuencia de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021 “Decreto de urgencia que establece medidas para el otorgamiento de la “prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia del coronavirus covid-19” y del “subsidio por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con covid-19””[1], la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos dispone lo siguiente:
[1]Decreto de Urgencia publicado el 31 de marzo de 2021. De acuerdo a lo dispuesto en la segunda disposición complementaria y final del referido Decreto de Urgencia, se autoriza a las entidades a contratar servidores civiles, a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS) hasta el 17 de mayo de 2021.
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Fuente: MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DE PERÚ